D.
PEDRO FERNÁNDEZ FENRÁNDEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILMO AYUNTAMIENTO DE TORAL DE
LOS VADOS (LEÓN).
PONGO
EN CONOCIMIENTO de los vecinos del municipio que de acuerdo con lo establecido
en el artículo 4.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de
Régimen Local y los artículos 8, 24.1 y 106 de la Ley 5/99, de 8 de abril de
Urbanismo de Castilla y León y artículos 14, 18 , 19 y 52 y 319 a 322 del
Decreto 22/2004 de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo
de Castilla y León y según la Ordenanza Municipal N° 37 Reguladora de la
Limpieza y Vallado de Solares, Protección de los Pozos y de Medidas de
Mantenimiento de las condiciones de Seguridad, Salubridad, Ornato Público y
Decoro de terrenos, de la Limpieza de la Vía Pública.
SE ORDENA:
1°.- A los propietarios de solares que dan a las vías
de todo el término municipal, procedan a la limpieza de hierbas y maleza que
invaden las aceras impidiendo o dificultando el normal acceso de los peatones.
2°.- A los propietarios de aquellas parcelas que se
encuentran sin Segar y con maleza deberán proceder a su limpieza y desbroce al
efecto de evitar incendios y la propagación de alimañas y otros reptiles.
SIENDO EL ÍNDICE DE PELIGRO DE INCENDIOS MUY ELEVADO.
LAS
ACTUACIONES ANTERIORES DEBERÁN REALIZARSE ANTES DEL 31 DE JULIO DE 2023,
EL NO CUMPLIMIENTO CONLLEVARÁ QUE EL AYUNTAMIENTO, PREVIOS LOS TRÁMITES
OPORTUNOS, REALICE DIRECTAMENTE ESAS ACTUACIONES REPERCUTIENDO LOS COSTES A LOS
PROPIETARIOS.
Fdo. Alcalde-presidente del Ayuntamiento de Toral de los Vados
D. Pedro Fernández Fernández