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ABIERTO EL PLAZO PARA LA SOLICITUD DEL INGRESO MÍNIMO VITAL

El lunes 15 de Junio ha comenzado el plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital. La renta mínima vital se trata de una prestación no contributiva que puede pedirse de forma individual o familiar, en este caso la solicitud debe ir firmada por todos los integrantes de la unidad familiar, cuyo objetivo es garantizar unos ingresos mínimos a aquellas personas o unidades de convivencia que carecen de ellos o que cuentan, por estar en una situación de vulnerabilidad social, con unos ingresos muy bajos.

Los requisitos a cumplir para poder acceder a la prestación son tener entre 23 y 65 años o, en el caso de tener un menor al cargo, tener al menos 18 años y haber tenido residencia legal en España durante un año. Se contemplan excepciones en lo que respecta a la condición de residencia legal para los menores que se encuentren en situación de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente, las víctimas de trata de seres humanos o las mujeres extranjeras víctimas de violencia machista siempre que puedan acreditar dicha condición con la documentación apropiada. También podrán acceder al ingreso mínimo aquellas mujeres víctimas de maltrato que se hayan visto forzadas a abandonar su domicilio familiar habitual acompañadas de sus hijos y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.

Las solicitudes de la prestación se tienen que hacer al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) de manera telemática. Hay dos maneras de hacerlo:

1) Si la persona solicitante tiene certificado electrónico o clave lo podrá solicitar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social adjuntando toda la documentación necesaria y rellenando los datos del formulario. Para facilitar el trámite y hacerlo de una manera más rápida, se ha habilitado la opción para que la persona solicitante los pueda a hacer a través de un tercero, el que tenga el certificado electrónico o la clave, por lo que este ciudadano podrá ejercer como el representante del solicitante.

2) Si el solicitante no tiene certificado digital o clave, podrá hacer uso del servicio que está habilitado por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) en la sede electrónica para su solicitud sin certificado. En este caso se abrirá un formulario para que el solicitante rellene toda la información necesaria sobre sí mismo y la de los posibles beneficiarios que tenga en su unidad familiar. Aquí también es necesario presentar toda la documentación que se solicita previamente y los documentos acreditativos.

 

Más información llamando al 900 20 22 22 o en https://imv.seg-social.es/ 

Puedes ver el formulario de la solicitud y la documentación necesaria en el archivo que acompaña esta noticia.

DESCARGA DE DOCUMENTOS:

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